Preguntas frecuentes
Resolvemos tus dudas
Reunimos las preguntas que más nos hacen. Si no encontrás la tuya, escribinos por WhatsApp y te respondemos personalmente.
Consultas y turnos
Preguntas generales
¿La consulta es confidencial?
Sí. Todo lo que nos cuentes está protegido por el secreto profesional desde el primer contacto, incluso si finalmente no iniciamos ningún trámite.
¿Cómo solicito un turno?
Escribinos por WhatsApp al +54 9 2966 65-8407, llamanos o completá el formulario de contacto. Coordinamos una reunión en el estudio de España 180, Río Gallegos.
¿Qué documentación tengo que llevar a la primera reunión?
Tu DNI y toda la documentación relacionada con el caso: actas, partidas, notificaciones, denuncias, pólizas de seguro, fotos o mensajes. Si no tenés todo, igual podemos empezar a analizar tu situación.
¿En qué horario atienden?
De lunes a viernes de 9:00 a 18:00 h en España 180, Río Gallegos. Sábados y domingos el estudio permanece cerrado; podés dejarnos tu mensaje por WhatsApp y te respondemos el siguiente día hábil.
¿Atienden a personas de otras localidades de Santa Cruz?
Sí. Podemos hacer una primera orientación por WhatsApp o videollamada y evaluar cómo avanzar con tu caso según la jurisdicción que corresponda.
¿Qué pasa después de la primera consulta?
Te explicamos con claridad tus opciones, los pasos a seguir y los plazos estimados. Si decidís avanzar, acordamos por escrito las condiciones del servicio antes de comenzar.
Área de práctica
Derecho de Familia
¿Necesito que mi pareja esté de acuerdo para divorciarme?
No. Desde la entrada en vigencia del Código Civil y Comercial, el divorcio puede pedirlo uno solo de los cónyuges, sin necesidad de expresar una causa.
¿Desde cuándo se puede reclamar la cuota alimentaria?
Los alimentos pueden reclamarse desde que se intima de forma fehaciente al obligado (por ejemplo, con una carta documento), siempre que la demanda se inicie dentro de los seis meses. Por eso conviene actuar cuanto antes.
¿Hasta qué edad corresponde pagar alimentos a los hijos?
Por regla general hasta los 21 años. Si el hijo estudia o se capacita y eso le impide mantenerse, la obligación puede extenderse hasta los 25 años.
Área de práctica
Sucesiones y Herencias
¿Hay un plazo para iniciar la sucesión?
No existe un plazo estricto para iniciarla, aunque la ley fija diez años para aceptar la herencia. Demorar el trámite suele complicar la venta o el uso de los bienes, por lo que conviene no postergarlo.
¿Qué documentación necesito para empezar?
La partida de defunción, las partidas que acrediten el vínculo con la persona fallecida (nacimiento, matrimonio), los DNI de los herederos y la documentación de los bienes que conozcas: escrituras, títulos de vehículos, resúmenes bancarios.
¿Puedo vender un bien heredado antes de terminar la sucesión?
Por lo general se necesita la declaratoria de herederos y, en muchos casos, la inscripción del bien. Según la situación existen alternativas, como la cesión de derechos hereditarios. Te asesoramos sobre la opción más conveniente.
Área de práctica
Daños y Perjuicios y Accidentes de Tránsito
¿Cuánto tiempo tengo para reclamar por un accidente?
Como regla general, el plazo para reclamar daños es de tres años desde el hecho. Igualmente conviene consultar cuanto antes: la prueba se reúne mejor cuando el hecho es reciente.
¿Qué hago después de un accidente de tránsito?
Si podés, tomá fotos, anotá los datos del otro conductor, su seguro y testigos, hacé la denuncia y guardá los certificados médicos y comprobantes de gastos. Después consultanos antes de firmar cualquier acuerdo con una aseguradora.
Iba como acompañante o pasajero, ¿puedo reclamar?
Sí. Acompañantes, pasajeros de transporte público y peatones también pueden reclamar la reparación de los daños sufridos.
Más información sobre Daños y Perjuicios y Accidentes de Tránsito
Área de práctica
Derecho Penal y Defensas
Me citaron a declarar, ¿qué tengo que hacer?
Consultá con un abogado antes de presentarte. Tenés derecho a contar con un defensor de confianza y a negarte a declarar sin que eso se use en tu contra.
Fui víctima de un delito, ¿puedo participar en la causa?
Sí. La víctima puede constituirse como querellante, proponer pruebas y seguir de cerca el avance del proceso con su propio abogado.
Detuvieron a un familiar, ¿qué hago?
Comunicate cuanto antes por WhatsApp o por teléfono. Las primeras horas son importantes para garantizar su defensa y evaluar un pedido de excarcelación.
Área de práctica
Acción de Amparo y Medidas Cautelares
¿Qué es una acción de amparo?
Es una acción judicial rápida, prevista en el artículo 43 de la Constitución Nacional, para proteger derechos afectados de forma arbitraria o manifiestamente ilegal por el Estado o por particulares.
Mi obra social rechazó un tratamiento, ¿puedo hacer algo?
Sí. Primero conviene reunir la indicación médica y la negativa por escrito. Con esa documentación evaluamos el reclamo y, si corresponde, iniciamos un amparo con pedido de medida cautelar.
¿Cuánto tarda un amparo?
Es un proceso más rápido que un juicio común. En casos urgentes se puede pedir una medida cautelar que, según el caso, se resuelve en pocos días.
¿No encontraste tu pregunta?
Contanos tu caso por WhatsApp o llamanos. Te respondemos a la brevedad y con total confidencialidad.